1. ¿Qué es un Crédito de Consumo?
Es un préstamo de dinero, de libre disponibilidad que se realiza a una persona, quien se obliga a pagarlo en un determinado plazo, y generalemente, en cuotas mensuales iguales y sucesivas. Cada cuota considera una parte del capital prestado y otra parte correspondiente a los intereses del crédito otorgado.
1.1. ¿Cuáles son los gastos necesarios para contratar un Crédito de Consumo?
- Impuesto de Timbres y Estampillas: 0.066% por mes de plazo del crédito con tope de 0.8% sobre el monto bruto del crédito.
- Gastos Notariales (Necesarios para protocolizar el pagaré ante un notario público): $5.000 pesos.
2. Etapas para la contratación.
- Hacer simulación del Crédito de consumo.
- Verificar dirección de correo electrónico para crear cuenta de usuario en el Sitio Web.
- Subir al Sitio Web el Informe de Deudas emitido por la Comisión para el Mercado Financiero y entregar información básica. Ver documentos necesarios.
- Evaluación de la solvencia del cliente de acuerdo a política de riesgo crediticio. De ser necesario se solicitará el certificado de cotizaciones emitido por la AFP.
- Realizar la cotización formal del crédito de consumo.
- Confirmar la solicitud de crédito de consumo.
- Completar información personal y subir al Sitio Web imagen copia de Cédula de Identidad, activar geolocalización en caso de ser requerido.
- Validación de todos los antecedentes entregados. Nuestro objetivo es que la evaluación se realize de forma automática e inmediata. No obstante, hay una verificación manual que puede tomar unos minutos. Revisa las condiciones para acceder al Crédito de Consumo.
- Declaración en video y Firma electrónica del contrato de crédito de consumo en el Sitio Web.
- Validación final de la veracidad de la video declaración y antecedentes entregados.
- Transferencia del dinero a la cuenta del Cliente en un plazo máximo de 24 horas hábiles desde la firma del contrato. Nuestro objetivo es que sea lo más rápido posible.
3. ¿Cuáles son los costos si no pago a tiempo?
Lo esencial es que pagues a tiempo para no incurrir en mayores costos.
Por cada día de atraso en el pago de la cuota asociada a tú crédito de consumo, se devengará (cobrará) un interés penal igual al máximo convencional que la ley permita en ese momento. El interés se calculará y pagará sobre el saldo adeudado. Los intereses que no fueren pagados se capitalizarán cada 30 días y, sin necesidad de demanda judicial, devengarán nuevos intereses penales.
3.1. Gastos de cobranza extrajudicial.
Los Honorarios de Cobranza extrajudicial serán de cargo del deudor y se aplicarán sobre la cuota vencida:
- En obligaciones de hasta 10 UF, un 9%.
- Por la parte que exceda de 10 UF y hasta 50 UF, un 6%.
- Por la parte que exceda de 50 UF, un 3%.
3.2. Gastos de cobranza judicial.
En caso de que el crédito sea enviado a cobranza judicial a fin de obtener el pago de las obligaciones en mora o incumplidas, los gastos y costas judiciales derivados del procedimiento judicial corresponderá a aquellos determinados por el tribunal competente conforme a la normativa vigente.
4. Recomendaciones y medidas de seguridad.
A continuación, te entregamos una serie de recomendaciones antes de contratar un crédito de consumo.
4.1. Recomendaciones financieras.
- Antes de contratar un crédito de consumo cotiza y compara, asegurándote de contar con toda la información necesaria para decidir sobre la contratación. Una de las mejores medidas para comparar es a través de la CAE (Carga Anual Equivalente) y el CTC (Costo Total del Crédito).
- Antes de contratar un crédito de consumo evalúa el plazo acorde a tu capacidad de pago actual y futura.
- No asumas compromisos sin antes leer y entender lo que firmas. La firma de un contrato conlleva la aceptación de las obligaciones y los derechos que ahí se especifican. Por ello, antes de firmar, es conveniente que siempre leas y comprendas el contenido de todos los documentos.
- Nunca hagas un pago en la etapa de evaluación de la solicitud de crédito de consumo. Solo realiza los pagos de cuotas después de haber recibido el monto en dinero del crédito.
- Paga las cuotas del crédito antes de su vencimiento, ya que cualquier atraso o podrá suponer costos adicionales de intereses y gastos de cobranza.
4.2. Recomendaciones de seguridad digital.
- Ingresa siempre a través nuestra web oficial.
- Nunca te enviaremos enlaces (links) por email, SMS o Whatsapp.
- No instales aplicaciones desde enlaces (links) que estén en un email, SMS o Whatsapp.
- Los códigos de verificación entregados en procesos de contratación remota de productos son secretos, personales e intransferibles.
- Cuida bien tus claves personales y la clave de tu correo electrónico. Es tu responsabilidad.
- Nunca te conctactaremos por redes sociales. Nuestro canal de comunicación es exclusivamente vía correo electrónico.
5. Procedimiento para hacer efectivo el derecho a prepago, conforme a la Ley 19.496.
El prepago es el pago anticipado de todo o parte del saldo adeudado del crédito otorgado, efectuado antes de la fecha de vencimiento pactado. En el caso que el prepago sea parcial, el monto que se prepaga debe ser igual o superior al 10% del saldo de la obligación adeudada.
¿Qué montos incluye el prepago?
- El saldo total o parcial del capital adeudado.
- Los intereses de dicho saldo de capital hasta la fecha efectiva del prepago
- La comisión de prepago establecida en el artículo 10 de la Ley N° 18.010 y en el artículo 3 de la ley Nº 19.496: un mes de intereses pactados calculados sobre el capital que se prepaga.
6. Procedimiento para hacer efectivo el derecho a la oportuna liberación de garantías, conforme a la Ley 19.496.
No se requieren Hipotecas y/o Prendas para caucionar créditos de consumo con nosotros.
7. ¿Cual es el marco legal que rige las operaciones de crédito de consumo ofrecidas por la sociedad?
Las operaciones de crédito de consumo ofertadas están sujetas a la normativa de la Comisión para el Mercado Financiero de Chile y cumplen con la legislación chilena, en particular:
- Ley 18010: Normas para las operaciones de crédito
- Decreto 53: Reglamento sobre analisis de solvencia economica e informacion a los consumidores.
- Ley 19496: Sobre protección de los derechos de los consumidores
- Ley 19628: Sobre protección de la vida privada
- Ley 18092: Sobre letra de cambio y pagaré
- Ley 21680: Registro deuda consolidada
- Ley 19799: Sobre documentos electronicos y firma electrónica
- Decreto 43: Reglamento sobre información al consumidor de créditos de consumo